MULTAS Y TASAS:
COSTAS PENALES
Las costas judiciales penales se cobran a las personas que son condenadas por un delito o que reciben un sobreseimiento aplazado de los cargos penales que se les imputan (para más información sobre las costas judiciales y los sobreseimientos aplazados, véase Sobreseimientos aplazados y costas judiciales). Estos costes se imponen supuestamente para recuperar el dinero que los tribunales gastan en tramitar un caso penal y no están pensados para castigar o rehabilitar. Se calculan por cada cargo individual que termina en condena o sobreseimiento diferido, por lo que un caso en el que alguien se enfrenta a varios cargos podría conllevar varios conjuntos de costas judiciales, y no expiran durante 30 años en el Tribunal de Distrito General o 60 años en el Tribunal de Circuito.
Los costes de los tribunales penales no incluyen los costes de tratamiento u otros programas, como los de las Juntas de Servicios Comunitarios. Tampoco incluyen multas, restituciones ni gastos de prisión. Las costas judiciales a menudo suman mucho más que una multa (por ejemplo, una persona puede recibir una multa de 50 dólares por una condena de tráfico y deber 209 dólares adicionales en costas judiciales).
¿Qué tipos de costas judiciales se imponen?
Obligatorio. Hay tasas obligatorias («fijas») basadas en el nivel de la carga. La tasa por delito grave es de 375 dólares (§ 17.1-275.1), la tasa por delito menor relacionado con drogas es de 296,50 dólares(§ 17.1-275.8), la tasa por delito grave reducido a delito menor es de 227 dólares(§ 17.1-275.2) y la tasa por delito menor general es de 61 dólares(§ 16.1-69.48:1). También hay costes adicionales para determinados tipos de cargos, como varios cargos por conducir bajo los efectos del alcohol o por tráfico sexual.
Honorarios del abogado de oficio. La ley de Virginia también permite a las personas reembolsar al estado el coste de su abogado de oficio, en función del nivel de la acusación. La tasa de reembolso para un delito menor es ≤ $120, para un delito menor en el Tribunal de Circuito ≤ $158, y para delitos más comunes ≤ $445. Para más información sobre los honorarios de los abogados de oficio y el trabajo que está realizando el LAJC sobre este tema, véase Honorarios de los abogados de oficio.
Otras tasas. Cada condena por delito menor o grave conlleva una tasa de «Delitos contra menores en Internet» de 15 dólares, independientemente del tipo de delito. También hay tasas opcionales que los tribunales pueden imponer a las personas, como la tasa de seguridad del juzgado, que asciende a 20 dólares. Si usted decide llevar su caso a juicio en el Tribunal de Circuito, y tener un jurado, se le cobrará (si es condenado o sujeto a costas) $ 30 por día por cada miembro del jurado para ejercer ese derecho.
¿Adónde van a parar estos costes?
Las tasas obligatorias por delitos menores y graves se dividen en diferentes fondos, pero en general los costes van a diferentes lugares dentro del sistema jurídico penal, como la libertad condicional, los peritos, la ciencia forense y la formación de la academia de justicia penal. Otras áreas incluyen la construcción y mantenimiento de los juzgados, los secretarios judiciales de los tribunales de circuito y los abogados de la Commonwealth. Los intereses de las costas judiciales se destinan al Fondo Literario de Virginia.
¿Cómo afectan estos costes al resultado de mi tarificación?
Despido Diferido. Si las costas judiciales son una condición para el sobreseimiento diferido, puede ser condenado si no paga las costas aunque haya cumplido todas las demás condiciones, como el tratamiento o los servicios comunitarios. El Tribunal Supremo de Virginia dictaminó que las costas pueden ser una condición para el aplazamiento del despido. Smallwood contra Commonwealth 300 Va. 426, 434-35 (2022). Un tribunal debe llevar a cabo un análisis de la capacidad de pago para garantizar que una persona no sea condenada únicamente por no poder pagar las costas judiciales. Sin embargo, a partir de octubre de 2022, muchos tribunales no lo hacen.
Libertad condicional. El pago de las costas puede condicionarse a la libertad condicional o a la suspensión de la condena, lo que significa que las personas pueden permanecer en libertad condicional hasta que paguen las costas si el tribunal o el fiscal no quieren que se les retire la libertad condicional. § 19.2-356 y § 19.2-305(c).
Si el pago es una condición de la libertad condicional (que no siempre es el caso), las personas pueden ver violada su libertad condicional, e incluso revocada por no pagar sus costas judiciales. Si se revoca su libertad condicional por delito grave o su sentencia suspendida, se le impondrá otro costo de $158, llamado cuota fija de revocación por delito grave. § 17.1-275.3.
Encarcelamiento. Las personas que son encarceladas también deben pagar la deuda judicial en su totalidad o entrar en un plan de pago para participar en la liberación por trabajo, la vigilancia del tobillo, o días no consecutivos. § 19.2-354(B). A las personas que trabajan mientras están encarceladas se les embargará una parte de su sueldo para pagar la deuda pendiente con el tribunal, lo que reducirá el dinero disponible para el economato. § 53.1-45.1.
¿Qué más puede pasar si no pago estos costes a tiempo?
Interés. Dispone de 180 días a partir de la fecha de la sentencia, o de la fecha de puesta en libertad, para establecer un plan de pago o abonar la totalidad de los costes, antes de que empiecen a devengarse intereses anuales del 6%. Una vez transcurridos los 180 días iniciales, aunque esté acogido a un plan de pagos, el impago de una sola cuota provocará el impago de la cuenta y el devengo de intereses. § 19.2-353.5(B)-(C). Para más información sobre los intereses, véase Intereses de la deuda judicial.
Planes de pago. Cuando se establece inicialmente un plan de pago, no se puede exigir un pago inicial. Sin embargo, si incumple y luego vuelve a acogerse a un plan de pagos, el tribunal puede exigir un pago inicial a partir de ese momento del 5% o el 10% de la cantidad adeudada, o 50 dólares, dependiendo de cuánto se deba. § 19.2-354.1(I).
Cobros. Si no realiza un plan de pagos en un plazo de 90 días, su cuenta puede ser enviada a una agencia de cobros, aumentando la cantidad que debe hasta en un 17%. § 19.2-349. Si en cambio se envía al tesorero local, la cantidad que debe aumentará hasta un 20%. Véase https://www.scb.virginia.gov/docs/guidelinesfinesandfees.pdf y § 58.1-3958. Transcurridos 90 días, también podrá cobrarse una tasa de recaudación adicional de 10 dólares. § 19.2-354(A).
Por defecto. Si incumple, el tribunal puede exigirle que comparezca para explicar los motivos. Si no se presenta a esa vista, el tribunal puede dictar una orden de detención contra usted. Si el tribunal determina que usted se negó intencionadamente a pagar (es decir, que podía pagar y simplemente se negó a hacerlo), el tribunal puede declararle culpable de desacato y encarcelarle durante 60 días o imponerle una multa de hasta 500 dólares. § 19.2-358(B). No existe un proceso justo que se aplique de forma coherente para determinar si alguien puede pagar (a diferencia de lo que ocurre para determinar si alguien reúne los requisitos para tener un abogado de oficio), por lo que el tribunal puede no tener en cuenta información importante.
¿Cuál es un ejemplo de cómo se ven estos costes en la vida real?
Tomemos la experiencia de Jane Doe con la deuda judicial. Fue acusada de dos delitos menores, uno de hurto y otro de obstrucción. En enero se declaró culpable de ambos delitos y se le impusieron costas. Incurrió en los siguientes gastos por cada cargo:
Robo en tiendas
Tasa por delito menor = 61
Honorarios del abogado de oficio = 120
Tasa por delitos en Internet = 15
Tasa de seguridad del tribunal = 20 $.
Obstrucción
Tasa por delito menor = 61
Honorarios del abogado de oficio = 120
Tasa por delitos en Internet = 15
Tasa de seguridad del tribunal = 20 $.
Total para ambos cargos = $432
No hizo un plan de pagos en 180 días y empezó a devengar intereses del 6% en julio. Su caso fue enviado a cobranza a la mitad de ese período (después de 90 días), con un aumento adicional del 17%, y se le aplicó una comisión de 10 dólares. En diciembre se acogió a un plan de pagos.
Original = 432
Tasa de cobro = 10
Aumento de la recaudación del 17% = 73,44
6 meses de intereses (sobre el original) = 155,52
Total adeudado = $670.96
Si incumple este plan de pagos y quiere acogerse a otro, es posible que tenga que hacer un pago inicial de 50 dólares sólo para ponerlo en marcha.
¿Cómo puedo librarme de las costas judiciales?
Seguridad Social. Virginia ofrece muy pocas opciones para librarse de pagar las costas judiciales. Sin embargo, si sus únicos ingresos proceden de la Administración de la Seguridad Social -por ejemplo, prestaciones de jubilación de la SSA, SSDI o SSI-, la ley federal no permite que los tribunales los destinen a sufragar las costas penales. 42 USC 407(a). Si su único ingreso es la Seguridad Social, asegúrese de informar al secretario cuando establezca un plan de pagos. Si fijan una cantidad superior a 0 $, puede presentar una moción para impugnarla ante el tribunal. Para obtener más información sobre este tema y ver si podemos ayudarle, consulte Beneficiarios de la SSA con deudas penales/de tráfico.
Incapacidad de pago. También puede solicitar al tribunal una exención, especialmente si ha incumplido el pago porque no puede hacer frente a las costas. Ohree v. Commonwealth , 26 Va. App. 299 (1998). El tribunal puede concederle más tiempo para pagar, reducir la cantidad adeudada o cancelar la deuda por completo. § 19.2-358(C).
Incluso si no es realista que pueda pagar las costas judiciales, el tribunal puede considerar que puede pagarlas porque (de nuevo) no existe un proceso racionalizado para determinar si alguien tiene capacidad para pagar sus costas. Debe aportar todas las pruebas que pueda sobre sus ingresos y gastos (nóminas, información sobre el pago de préstamos, etc.). Presta especial atención a explicar y documentar los gastos básicos de manutención que puedas tener, como los de vivienda, servicios públicos, alimentación, transporte, guardería y gastos médicos.
Si estas opciones no se aplican en su caso, también puede solicitar la prestación de servicios a la comunidad en lugar de pagar los costes, tanto si está encarcelado como si no lo está. § 19.2-354(C). Según la legislación de Virginia, los tribunales tienen discrecionalidad para aprobar o no la prestación de servicios a la comunidad para compensar las costas.
¿Cómo puedo participar para poner fin a los efectos perjudiciales de las costas judiciales penales?
El conocimiento es poder. Muchas personas no se enteran de las costas judiciales hasta que ya se han acumulado los intereses. El primer momento, y a menudo el mejor, para oponerse a las costas judiciales durante una causa penal es cuando el juez y el secretario judicial las imponen, en la fecha final del juicio. Puede hacer correr la voz (informando a la gente sobre este sitio web), para que sepan a qué atenerse y puedan pedir al tribunal que les exima antes de que se les impongan las costas.
También puede unirse a los esfuerzos de LAJC para educar a los virginianos -incluidos abogados, jueces y legisladores de Virginia- sobre los costes judiciales. Usted puede ayudar organizando sesiones educativas y de escucha, o poniéndose en contacto con sus legisladores estatales y locales. Póngase en contacto con nosotros en finesandfees@justice4all.org para saber cómo podemos trabajar juntos.
Si desea compartir sus propias experiencias, puede rellenar nuestro formulario sobre cómo le han afectado las costas judiciales. Cada dato sobre cómo viven los ciudadanos las costas judiciales es vital para nuestra misión de poner fin a sus efectos nocivos.